📢 SAT Informa: DIOT solo en nueva plataforma digital a partir del 1 de agosto de 2025
Actualización oficial del Servicio de Administración Tributaria (SAT)
🗓 **Obligación de utilizar la nueva plataforma para la DIOT**
A partir del 1 de agosto de 2025, el SAT informa que la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) debe presentarse exclusivamente a través de la nueva plataforma digital. Esta medida aplica tanto para las declaraciones del ejercicio fiscal 2025 como para las extemporáneas de ejercicios anteriores.
🔧 Funcionalidades de la nueva plataforma
- Envío de más de 40 mil registros: No es necesario acudir a una oficina del SAT para presentar la declaración.
- Generación automática de acuses: Los acuses de recibo de la declaración se entregan de manera automática.
- Carga masiva (carga batch): Permite cargar archivos en formato .txt con la información del IVA de los proveedores.
- Captura manual: Puedes ingresar hasta 30 registros manualmente para contribuyentes con menor volumen de operaciones.
🔗 Acceso a la plataforma
Para presentar la DIOT, los contribuyentes deben ingresar a la nueva plataforma en el siguiente enlace: https://pstcdi.clouda.sat.gob.mx. Es necesario contar con Contraseña o e.firma (obligatoria para personas morales) para enviar la declaración.
📌 Otras opciones
- Para consultas sobre el llenado de la DIOT, el SAT ha puesto a disposición guías de llenado en su portal oficial.
- Si necesitas reimprimir los acuses de declaraciones de ejercicios anteriores, puedes hacerlo a través del siguiente enlace: Reimpresión de acuses del SAT.
📌 Fuente: Portal oficial del SAT sobre la DIOT y la nueva plataforma digital

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