Conciliación de quejas por facturación (Regla 2.7.1.44, RMF 2025)

Conciliación de quejas por facturación (Regla 2.7.1.44, RMF 2025)

El SAT puede actuar como autoridad conciliadora y orientadora cuando existan problemas con la emisión, cancelación o contenido de CFDI.


¿Cuándo aplica?

De acuerdo con la Regla 2.7.1.44 (vinculada a los artículos 29 y 29-A del CFF), las personas contribuyentes pueden solicitar la intervención de la autoridad cuando se ubiquen en alguno de estos supuestos:

  • No se expide el CFDI correspondiente por una compra/servicio/retención, o el CFDI tiene errores o carece de requisitos fiscales.
  • Se cancela un CFDI válido sin motivo y no se emite nuevamente el comprobante.
  • Se realiza el pago de una factura y no se recibe el CFDI de pagos correspondiente.
  • Se emite un CFDI de nómina sin que exista relación laboral con el emisor.
  • Se emite un CFDI (ingreso/egreso/pago) sin que exista relación comercial con el emisor.
  • Se solicita la cancelación de una factura y el receptor no la acepta, aun cuando proceda.

¿Qué puedes hacer?

  1. Reúne evidencia: contrato/orden de compra, correos, acuses, XML/PDF emitidos, comprobantes de pago.
  2. Identifica el supuesto en el que te encuentras (de la lista anterior).
  3. Contacta al SAT por canales oficiales (orientación en línea o presencial en Módulos de Servicios) para solicitar la conciliación con el emisor del CFDI.

Recomendaciones CONTREP

  • Conserva todos los documentos y capturas de pantalla del caso.
  • Verifica que el CFDI cumpla con requisitos (uso, método/forma de pago, RFC correctos, etc.).
  • Si hay negativa del emisor, solicita la intervención de la autoridad lo antes posible.

Nota: Esta guía es informativa y se basa en la Regla 2.7.1.44 de la RMF 2025. Consulta siempre las disposiciones vigentes del SAT.

Claudia Velasco Rodríguez – CONTREP
Contadores humanos en tiempos digitales

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